Desde los estatutos de Olatua
(n. 9.227 del Registro Asociaciones de Navarra del 30/03/22):
CAPÍTULO I. DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1. Denominación.
Con la denominación de “Olatua” (o de forma completa “Asociación Cultural Olatua”) se constituye una Asociación al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación y demás disposiciones de desarrollo, con personalidad jurídica y plena capacidad de obrar, careciendo de ánimo de lucro.
Artículo 2. Fines y Actividades.
La Asociación tiene los siguientes fines:
1. Impulsar el estudio de la historia y de las tradiciones locales, con particular consideración por las mujeres y la población más desfavorecida. Nuestro compromiso se desarrollará con vistas a la reconciliación con uno mismo y con los demás.
2. También la historia gastronómica desempeñará un papel importante en nuestro cometido, por su indudable vínculo con la identidad cultural de las distintas naciones que conforman Europa.
3. La promoción de estudios e investigaciones sobre los distintos aspectos de los trastornos psicológicos y de la voz engendrados por la pandemia, intentando de identificar las posibles terapias.
4. Redescubrir y valorizar el movimiento futurista italiano en su relación con las otras corrientes artísticas de vanguardia de la época. En particular profundizar la relación existente entre la poesía onomatopéyica futurista y el euskera.
Para el cumplimiento de estos fines se realizarán las siguientes actividades:
1. (Ámbito histórico) – Realización de investigaciones, publicaciones y eventos sobre el patrimonio histórico de Navarra y de otras regiones europeas. Con especial atención a todas las iniciativas que impulsen la reconciliación con uno mismo y con los demás
2. (Ámbito gastronómico) – Efectuar estudios y otras iniciativas relacionadas con la tradición gastronómica de los distintos países europeos
3. (Ámbito de la voz) – Organización de congresos, talleres, encuentros y difusión de la información disponible. Estudio y desarrollo de iniciativas terapéuticas y formativas.
4. (Ámbito del Futurismo) – Organización de congresos, talleres, publicaciones y divulgación de las obras de estos artistas. Estudio y recreación de las iniciativas artísticas concebidas por el movimiento futurista en función postpandemia.